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año:2011
 
institución:HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL
 
institución:MUNICIPALIDAD DE POAS
 

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DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL T: (506) 501-8000 F: (506) 501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nro. 13021 FAX Nro. 2448-4058 21 diciembre, 2011 DFOE-DL-1221 Señora Roxana Chinchilla Fallas Secretaria Municipal Ingeniero José Joaquín Brenes Vega Alcalde Municipal MUNICIPALIDAD DE POÁS Alajuela Estimados señores: Asunto: Improbación del presupuesto inicial del período 2012 de la Municipalidad de Poás. Para que lo haga de conocimiento de los miembros del Concejo y para lo que compete al Alcalde de esa Municipalidad, se les informa que con fundamento en las atribuciones conferidas a la Contraloría General de la República en los artículos 175 y 184 de la Constitución Política de la República, 18 de su Ley Orgánica Nro. 7428 y otras leyes conexas, se imprueba el presupuesto inicial de esa Municipalidad para el ejercicio económico 2012, remitido mediante oficio Nro. MPO-ALM-244-2011 del 27 de setiembre de 2011. Lo anterior, por cuanto el citado presupuesto no incluye el contenido suficiente para cubrir todos los egresos probables durante el período 2012, incumpliéndose lo dispuesto en el artículo 176 de la Constitución Política, 90 y 91 del Código Municipal, así como el principio de universalidad establecido en la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos Nro. 8131, artículo 5 incisos a) y d); la norma 502.04 del Manual de Normas Técnicas sobre presupuesto que deben observar las entidades, órganos descentralizados, unidades desconcentradas y municipalidades, sujetos a la fiscalización de la Contraloría General de la República y el numeral 2.2.1.5 a) de las Normas Técnicas básicas que regulan el Sistema de Administración Financiera de la Caja Costarricense de Seguro Social, Universidades Estatales, Municipalidades y ...
Fecha publicación: 23/12/2011
Fecha emisión: 21/12/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE POAS
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: PRESUPUESTO INICIAL (CLASE INACTIVA)
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO ORDINARIO
Tesauro: Principios


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 11180 11 de noviembre, 2011 DCA-2977 Doctora Yamileth Obando Salazar Directora General HOSPITAL SAN VICENTE DE PAÚL Fax: 2562-8503 Estimada señora: Asunto: Se modifica la autorización dada al Hospital San Vicente de Paúl en el oficio 10469- 2011. Nos referimos a su oficio H.S.V.P.-D.A.-01537-11 de 1 de noviembre del presente año en, recibido en esta Contraloría General el 8 de ese mismo mes y año, mediante el cual solicita adicionar y aclarar la autorización referida en el asunto. Se nos solicita que aclaremos que la autorización para contratar directamente los servicios de seguridad y vigilancia del Hospital lo es con la empresa VMG, en virtud de que ya habían realizado un proceso de preselección de ofertas, configurándose al efecto el respectivo expediente administrativo que fue remitido a este Órgano Contralor; y que el monto mensual de la contratación es de ¢31.468.969.68, en lugar de ¢27.067.414.33 suma consignada por error en la certificación de contenido presupuestario emitida por el licenciado Johnderth Cruz Sandí, Asistente Administrativo Financiero, en vista de que tal suma correspondía únicamente al precio de la mano de obra (86%), dejando por fuera los montos de los insumos (3%): ¢1.100.205.36, los gastos administrativos (1%): ¢453.300 y la utilidad (9%): ¢2.484.000. Al efecto se adjunta una nueva certificación de contenido presupuestario emitida por su persona, en donde se hace constar que el monto mensual para esta contratación es de ¢31.468.969.68, y que en la partida 2192, servicio de vigilancia, se cuentan con ¢283.220.226.99. Sobre ese tópico, le manifestamos que en su oficio HSVP-DG-2708-2011 del 10 de octubre pasado, de conformidad con la disposición del artículo 30 de la Ley de Contratación Administrativa, se nos solicitaba autorización par ...
Fecha publicación: 16/11/2011
Fecha emisión: 11/11/2011
Documento: 11180-2011.pdf
Institución: HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACIONES VARIAS EN CONTRATACION ADMINISTRATIVA


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 10469 26 de octubre de 2011 DCA-2797 Doctora Yamileth Obando Salazar Directora General Hospital San Vicente de Paúl Fax: 2562-8501 Estimada señora: Asunto: Se autoriza iniciar y promover una contratación directa concursada para la prestación de los servicios de seguridad y vigilancia para el Hospital San Vicente de Paúl, por un plazo de 9 meses, y por un monto total de ¢243.606.730.77. Nos referimos a sus oficios HSVP-DG-2708-2011, y HSVP-DG-2788-2011 del 10 y 18 de octubre del presente año, mediante los cuales solicita la autorización referida en el asunto. 1) Antecedentes y justificaciones. a) En febrero de 2010 se inició la tramitación de la Licitación Pública 2010LN-000001- 2208, para la contratación de servicios de seguridad y vigilancia para el Hospital, la cual se adjudicó a VMA Seguridad S.A. b) El acto de adjudicación fue apelado por el Consorcio conformado por Servicios de Monitoreo Alfa S.A. y Seguridad Alfa S.A., el cual fue rechazado por improcedencia manifiesta por la resolución R-DJ-414-2010 de las 14 horas del 20 de agosto de 2010. c) El 25 de octubre de 2010, la Gerencia Médica convalida el acto de adjudicación, acto apelado por el referido Consorcio, mediante R-DCA-063-2011 de las 14 horas del 2 de febrero de 2011, se rechaza de plano por falta de legitimación el recurso de apelación y se anula de oficio el acto de adjudicación. d) En mayo de 2011 se determina que el precio del referido Consorcio es excesivo, por lo que se solicita la declaratoria de infructuoso de la Licitación Pública. El Consorcio presenta un descuento del precio, aun así se sigue considerando excesivo. Se ratifica la recomendación de declaratoria de infructuoso y se remite el expediente administrativo a la Gerencia Médica para que resuelva lo pertinente, resolución que a la fecha se encuentra pen ...
Fecha publicación: 31/10/2011
Fecha emisión: 26/10/2011
Documento: 10469-2011.pdf
Institución: HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 05599 23 de junio de 2011 DCA-1620 Señor Dr. Jorge A. Fonseca Renauld Directo General Interino Hospital San Vicente de Paul-Heredia Estimado señor: Asunto: Se otorga refrendo al contrato suscrito por la CCSS Hospital San Vicente de Paul- Heredia, con la empresa VMA Servicios Integrales de Limpieza S.A. (antes llamada FACER de San José S.A.) derivados de la Licitación Pública 2010LN-000002-2208 “prestación de servicios de limpieza para el Hospital San Vicente de Paul” por un monto de ¢862.155.428,21 (ochocientos sesenta y dos millones ciento cincuenta y cinco mil cuatrocientos veintiocho colones con veintiún céntimos). Nos referimos a su oficio H.S.V.P.-DG-1432-2011, de fecha 16 de mayo del año 2011, mediante el cual solicita el refrendo referido en el asunto. Una vez realizado el estudio de rigor, esta División otorga el refrendo respectivo al contrato anteriormente citado, ello con fundamento en el artículo 184 de la Constitución Política, el artículo 20 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, Ley N° 7428 del 7 de setiembre de 1994, el Reglamento sobre el refrendo de las contrataciones de la Administración Pública, resolución N° R-CO-10 de las 9:00 horas del 27 de enero de 2009, publicado en La Gaceta N° 23 del 03 de febrero de 2009, y la resolución N° R-DC-27 de las 11:00 horas del 9 de febrero de 2010, publicado en La Gaceta N° 33 del 17 de febrero de 2010. Lo anterior bajo los siguientes comentarios y condiciones, a las cuales queda sujeto el refrendo conferido. I.- Consideraciones de la gestión: Esta División consideró de importancia para emitir el presente refrendo de legalidad, los aspectos siguientes: i) En respuesta a la solicitud de información adicional requerida por este despacho, se remitió en tiempo el oficio H.S.V.P.-DG-1819-2011 del 17 de junio de 2 ...
Fecha publicación: 28/06/2011
Fecha emisión: 23/06/2011
Documento: 05599-2011.pdf
Institución: HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


R-DCA-298-2011 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las catorce horas del diecisiete de junio del dos mil once. ------------------------------------------------- Recurso de apelación interpuesto por Quality -1 Export Inc en contra del acto de adjudicación de la Licitación Pública Nº 2010LN-000007-2208, promovida por el Hospital San Vicente de Paúl de Heredia, Caja Costarricense de Seguro Social, para la adquisición de implantes varios para realizar operaciones ortopédicas, recaído a favor de la empresa Ortopédica Biomet Costa Rica S.A. ------------------ RESULTANDO I. Que la empresa Quality -1 Export Inc. presentó recurso de apelación en contra de la línea N° 3 del acto de adjudicación de la Licitación Pública Nº 2010LN-000007-2208, promovida por el Hospital San Vicente de Paúl de Heredia, cuyo objeto es la adquisición de implantes varios para realizar operaciones ortopédicas, recaído a favor de la empresa Ortopédica Biomet de Costa Rica, alegando su legitimación conforme al cumplimiento de un requerimiento cartelarios, en particular sobre la presentación de publicaciones de reconocimiento internacional con trabajos realizados con los implantes y la obtención del 100% de metodología de evaluación (precio). ------------------------------------------------------------------------ II. Que mediante auto del 28 de febrero de 2011, esta División solicitó al Hospital San Vicente de Paúl, el expediente de la mencionada licitación. ------------------------------------------------------------------------------- III. Que mediante oficio HSVP-DG-0615-2011 del 01 de marzo del 2011, la Administración licitante remitió el expediente solicitado. ----------------------------------------------------------------------------------------- IV. Que mediante auto del 17 de marzo del 2010 - entiéndase 2011- se confirió audiencia inicial a la Administración y a la parte adjudicataria para que en ...
Fecha publicación: 22/06/2011
Fecha emisión: 17/06/2011
Institución: HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)
Tesauro: Principios de la contratación administrativa


DIVISIÓN CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 04883 01 de junio de 2011 DCA-1421 Doctor Jorge A. Fonseca Renauld Director General Hospital San Vicente de Paul CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL Estimado señor: Asunto: Se devuelve con refrendo el contrato No. 000005-2011 para el suministro de productos lácteos bajo la modalidad de entrega según demanda, suscrito entre el Hospital San Vicente de Paul y la Cooperativa de Productores de Leche Dos Pinos R. L., producto de la licitación pública No. 2010LN-000011-2208. Nos referimos a su oficio No. HSVP-DG-1308-2011por medio del cual solicita el refrendo para el contrato No. 000005-2011, suscrito entre el Hospital San Vicente de Paul y la Cooperativa de Productores de Leche Dos Pinos R.L, producto de la licitación pública No. 2010LN-000011-2208. Mediante oficio DCA-1330 del pasado 23 de mayo se solicitó información complementaria, requerimiento que fue atendido mediante oficio No. HSVP-DG-1534-2011. Sobre el particular, una vez realizado el estudio de rigor, devolvemos el contrato de mérito debidamente refrendado por este Despacho, sujeto a los siguientes condicionamientos:: 1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, se advierte que “…corresponde a la Administración y al contratista garantizar, según sea el caso, el cumplimiento de los permisos, licencias, estudios y en general cualesquiera otros requisitos previstos en el ordenamiento jurídico para la ejecución del objeto contractual, sin que tales aspectos sean verificados durante el trámite de refrendo…”. De igual forma es responsabilidad de la entidad contratante establecer los mecanismos de control necesarios para verificar la correcta ejecución del contrato y el correcto uso de los recursos públicos, de modo que únicamente se cancelen los productos debidamen ...
Fecha publicación: 06/06/2011
Fecha emisión: 01/06/2011
Documento: 04883-2011.pdf
Institución: HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 03799 29 de abril de 2011 DCA-1112 Doctor Jhonny Alfaro Morales Director Hospital San Vicente de Paul –Heredia Caja Costarricense del Seguro Social Estimado señor: Asunto: Se concede refrendo condicionado a los contratos números 000016-2010, 000017-2010 y 000018-2010, y a las adendas 1 y 2 de cada contrato, suscritas los días 02 de marzo y 08 de abril, ambas fechas del año en curso, entre la Caja Costarricense del Seguro Social y las empresas Industrias Buenos Aires S. A., Procesadora de Carnes Milor S. A. y Corporación Pipasa S. A. respectivamente, producto de la Licitación Pública No. 2010LN-000005-2208, para la adquisición del suministro de pollo, carnes y embutidos, bajo la modalidad de entrega según demanda. Nos referimos a su oficio No. H.S.V.P.-DG-063-2011 del 07, mediante el cual solicita refrendo a los contratos producto de la Licitación Pública N° 2010LN-0000018-2208, suscritos entre la Caja Costarricense del Seguro Social y las empresas antes citadas. La gestión presentada fue complementada a solicitud de este Despacho mediante oficios No. H.S.V.P.-DG-549-2011, H.S.V.P.-DG-651-2011, H.S.V.P.-DG-1052-2011. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del “Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública” y realizado el análisis de rigor, devolvemos los contratos y adendas de referencia, debidamente refrendados y condicionado a los siguientes aspectos: 1. El refrendo se otorga bajo el entendido que todas las cláusulas de los contratos suscritos originalmente, se mantienen incólumes a excepción de las cláusulas que por las adendas se modifican. 2. Es responsabilidad de esa Administración contar con el contenido presupuestario suficiente y disponible para atender las erogaciones provenientes de estas contrataciones, para lo cual deberán adoptarse las medidas pertine ...
Fecha publicación: 02/05/2011
Fecha emisión: 29/04/2011
Documento: 03799-2011.pdf
Institución: HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 03646 27 de abril de 2011 DCA-1074 Doctor Jhonny Alfaro Morales Director General a. i. Hospital San Vicente de Paul Asunto: Se otorga refrendo contralor a los contratos para la compra de set de infusión de líquidos endovenosos (set para uso por medio de jeringa) y set de infusión de líquidos endovenosos (set transparente y fotosensible), así como sus respectivas adendas, suscritos por el Hospital San Vicente de Paul con las empresas Cefa Central Farmacéutica S. A. y Baxter Export de Costa Rica S. A., (Set de bombas de infusión de líquidos endovenosos, Licitación Pública No. 2010LN-000009-2208). Nos referimos a su oficio H.SV.P DG-267-2011, de fecha 26 de enero de 2011, recibido en este órgano contralor el día veintiocho de enero del mismo mes y año; mediante el cual solicita que se otorgue refrendo contralor a los contratos para la compra de set de infusión de líquidos endovenosos (set para uso por medio de jeringa) y set de infusión de líquidos endovenosos (set transparente y fotosensible), suscritos por el Hospital San Vicente de Paul con las empresas Cefa Central Farmacéutica S. A. y Baxter Export de Costa Rica S. A. Mediante oficio No. DCA-0558 de fecha cuatro de marzo del corriente y DCA-0997 del trece del abril de dos mil once, este órgano contralor solicitó información adicional, la cual fue atendida de conformidad con los términos del oficio No. H.S.V.P.-DG-687-2011 del siete de marzo del dos mil once y el oficio No. H.S.V.P.-DG-1224-2011, del veinticinco de abril del corriente. I. Antecedentes Visto el expediente administrativo del procedimiento de contratación, se comprueba que en el constan los siguientes documentos y aspectos de interés: 1. Que en el expediente administrativo consta el estudio técnico que respalda el acto de adjudicación (ver folios 691 a 741 del expediente administrativo). 2. Qu ...
Fecha publicación: 02/05/2011
Fecha emisión: 27/04/2011
Documento: 03646-2011.pdf
Institución: HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nro. 02926 29 de marzo, 2011 DFOE-DL-0235 Ingeniero José Joaquín Brenes Vega Alcalde Municipal MUNICIPALIDAD DE POÁS Estimado señor: Asunto: Aprobación del presupuesto extraordinario Nro. 2-2011 de la Municipalidad de Poás. Con la aprobación de la Contraloría General de la República, se remite el presupuesto extraordinario No. 2-2011 de esa Municipalidad, por un monto de ¢324.588.694,67. Sobre el particular se indica lo siguiente: 1. El contenido presupuestario propuesto en la partida de remuneraciones para los reajustes salariales, se aprueba, con base en las justificaciones consignadas en este documento. No obstante, en vista de que con la aplicación de provisiones, o por el mecanismo de modificación presupuestaria, se vienen realizando ajustes de carácter salarial, los cuales de acuerdo con la reglamentación vigente no requieren de la aprobación de esta Contraloría General, se les recuerda que es de la entera responsabilidad de la Administración que dichos ajustes salariales aprobados internamente cumplan con los requerimientos legales y técnicos pertinentes. Consecuentemente, la aprobación de esta Contraloría General está referida a la previsión presupuestaria necesaria para cubrir las obligaciones salariales correspondientes, lo que no implica un aval a lo actuado en relación con dichos ajustes. Así las cosas, no se emite criterio sobre los salarios base reflejados en el detalle de la relación de puestos, así como del detalle del cálculo del salario del alcalde. 2. Se toma nota de la información aportada mediante oficio Nro. MPO-PRM-05-2011 del 23 de marzo de 2011, mediante el cual comunican a esta Contraloría General que por ...
Fecha publicación: 04/04/2011
Fecha emisión: 29/03/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE POAS
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nro. 02014 2 de marzo, 2011 DFOE-DL-0150 Ingeniero José Joaquín Brenes Vega Alcalde Municipal MUNICIPALIDAD DE POÁS Alajuela Estimado señor: Asunto: Aprobación del presupuesto extraordinario Nro. 1-2011 de la Municipalidad de Poás. Con la aprobación de la Contraloría General de la República, se remite el presupuesto extraordinario No. 1-2011 de esa Municipalidad, por un monto de ¢215.600.429,75. Sobre el particular se indica lo siguiente: 1. Este presupuesto extraordinario fue presentado ante la Contraloría General, fuera del plazo establecido en el artículo 97 del Código Municipal, por lo que deberán tomar las acciones que correspondan, a efecto de determinar los eventuales responsables por el incumplimiento legal y evitar que a futuro se repita esta situación. 2. En la aplicación de los recursos provenientes del préstamo con el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM), Nro. 2-CV-1322-1008, para obras de infraestructura en la red vial cantonal, se deja a responsabilidad de ese municipio el coordinar con ese Instituto la adecuada ejecución de los recursos. 3. Respecto de los recursos del superávit específico saldo de partidas específicas, queda a entera responsabilidad de esa Administración el verificar la finalidad exacta establecida en la ley que les da origen. Asimismo, será responsable de velar porque esos recursos se administren tal y como lo establece la Ley Nro. 7755, relativa al Control de las partidas específicas asignadas con cargo al Presupuesto Nacional, del 23 de febrero de 1998. Además, deberán atender lo señalado en los artículos 5, 7 y 25 de la Ley Orgánica de esta Contraloría General, No. 742 ...
Fecha publicación: 11/03/2011
Fecha emisión: 02/03/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE POAS
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO